Esto es conocido por muchos, pero como en ests días hubo consultas de gente influenciada seguramente por alguna tía que le contaron que ahora no se puede comprar nada afuera…
La síntesis es esta
- Vengan de donde vengan, si lo hacen en avión o barco, tienen 300 dólares en gastos SIN IMPUESTOS para entrar sin problemas. Si entran con menores ellos suman 150 dólares cada uno a la franquicia
- En tanto si entran al país en auto eso se baja a a mitad, es decir 150 dólares cada mayor de 16 años y 75 cada menor
Entonces si van a Chile o a Brasil (por ejemplo) en avión pueden traer 300 dólares en productos, y si van en auto o micro 150.
Lo que dice la web de la afip, también sirve para no perseguirse con la ropa, salvo que traigan 10 remeras iguales… lo que haría suponer su comercialización ¿Se entiende?
Va lo que cualquiera puede encontrar acá
Y también sirve para saber por qué pagar y por qué no.
Exenciones y Franquicias en el Equipaje
El equipaje acompañado de todas las categorías de viajeros está libre del pago de gravámenes relativos a ropas y objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos.
Tipos de franquicias
Existen (2) dos tipos de franquicias:
Franquicia para el ingreso de otros objetos dentro del concepto de equipaje (que no son ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos); y
Franquicia para la compra en tiendas libres (free shops)
Despcripción:
Franquicia para el ingreso de otros objetos dentro del concepto de equipaje (que no son ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) la misma varía según la vía de ingreso del viajero:
Si el viajero ingresa por vía aérea o marítima: la exención para otros objetos, dentro del concepto de equipaje, hasta el límite de U$S 300* o su equivalente en otra moneda. El exceso descripto, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, será sujeto al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
Si el viajero ingresa por vía terrestre (incluye ingreso por fluvial o a través de puentes): La exención para otros objetos, dentro del concepto de equipaje, hasta el límite de U$S 150* o su equivalente en otra moneda. El exceso descripto, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, estará sujeto al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
(*) para menores de 16 años esta franquicia se reducirá a la mitad.
Cuando se superen los montos detallados precedentemente, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, la diferencia estará sujeta al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
Lo que indica la AFIP es que además se puede sumar lo mismo para compras en el Free Shop, como adicional, PERO NO ACUMULATIVO
En cuanto a si se puede juntar franquicias con amigos o familiares, también es claro al respecto
Las franquicias podrán ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros constituyan un grupo familiar -cónyuges e hijos menores de DIECISEIS (16) años no emancipados-, incluso cuando se trate de un único bien.
Como dato final, me tomo de un comentario que pone José abajo
Si compro productos por 550 USD, a eso le tengo que restar la franquicia de 300 USD , teniendo una diferencia de 250 USD. Se debe pagar el 50% sobre esos 250 USD = 125 USD
Pero si compran cosas por 550 y vienen con su pareja (estimo que con nexo legal) no deberían pagar nada.
😉
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Hola Sir; te hago una consulta por la que no he encontrado respuesta. Viajo a Santiago de Chile por avión y pienso compara un Imac pero usada comprada a un particular (u$s 1000.- aprox.). En este caso ¿al ser usada comprobable está sujeta igualmente al arancel por el excedente de los u$s 300.-? de ser así ¿como determina Aduana el valor si no va a haber un comprobante tipo factura? Saludos
Desconozco Gabriel. Una vez volviendo por tierra me hicieron lio por mi compu usada que no había declarado… o sea puede ser cualquier cosa. Lo idea es traer una factura para estos casos
Aunque si se nota que está muy usada, estimo que no te romperán
Gracias!
Se descontroló el blog Sir!!! Abrazo!
Voy a cerrar este post… solo preguntan por cosas por correo… y no es la idea
hola que tal, yo quiero traerme unos maquillajes de philadelphia y su total es de $ 171 dólares con el envio incluido…me podes explicar si con un valor asi me lo retienen o como es el tema..algo lei en otras respuestas pero me quedo dudas gracias
Marcela hablo de lo que uno trae, no de lo que se manda por correo. Eso es una lotería
Tenés idea que pasaría si quiero ingresar con 2 guitarras usadas desde EEUU? gracias
Te van a pedir que te toques algo!
No… No idea. Trae factura y pagas el 50 del excedente
Hola, felicitaciones por tu info
Dos preguntas
Qué valor del dólar se utiliza en el free shop, oficial u oficial mas 20%?
Si tengo que pagar por exceso de franquicia USD100, me cobran también impuesto sobre eso?
Slds,
Estás hablando de los Free Shop de la Argentina? Los valores son en dólares, pero el cobro es en pesos en la Argentina, por lo que no hay 20%
El 20% es por gastos en el exterior, no por consumos locales.
No entiendo lo de la franquicia… vos podés tener gastos de 300 dólares en el free shop sin pagar nada extra
Si ,Free Shops en Argentina. Queda claro
El otro tema es si traigo artículos de electronica y supero los 300USD. Supongamos que la Afip me cobra USD100 en Ezeiza, son 570 pesos aprox, no se considera gasto en el exterior con recargo del 20%, correcto?
Slds
No entiendo lo de afip me cobra 100usd… Afip, LEGALMENTE te tiene que cobrar el 50% de lo que te pases de los 300 dólares, en pesos al cambio oficial, según lo que dice la factura.
Nunca se menciona el 20%, eso va por otro lado
Hola, puedo traer mercadería de eléctronica con fines de comercialización?, son basicamentes baterías y cargadores de Cámaras y Filmadoras, el monto no supera los 300USD, quiero sacarme ésta duda para no tener problemas cuándo lleguen.. podrías ayudarme con esto, Gracias.-
Leonardo es una ayuda al viajero. Lo otro lo desconozco y no es el fin del blog. Consultalo en foros especializados porque si no se degenera el post. Tampoco quiero que otros respondan porque de hecho ya este post me dan ganas de cerrarlo
Es una ayuda al viajero…
una consula sir; viajo con mi mujer y mis res hijos a usa y al regresar debo llenar el formulario que me da la aerolinea, ahora bien la inquietud es si es un solo formulario por grupo familiar o debo llenar uno por cada integrante de la familia, lo pregunto mas que nada por el tema de repartir la franquicia. Muchas gracias como siempre tu ayuda es invaluable, sdos.-
Por grupo familiar!
y las franquicias se suman… me han dicho que los menores hasta los 16 años «aportan», lo que representa 150 por cabeza. Si son mayores de eso tienen 300, pero cada uno por su lado. Si mal no recuerdo
Muchas gracias! Sdos
Se cierra el post para comentarios.
Este post era de ayuda para que la gente entienda cuanto puede entrar sin pagar en la aduana.
Y cuanto debe pagar legamente por el excedente.
En muchas preguntas… hay varias respuestas 🙂